BOPV nº 247 · 2019-12-30 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2019, del Secretario General de la Presidencia, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2020, del programa de ayudas para la presentación de la segunda fase del Programa Horizonte 2020, de Proyectos Tractores de Investigación Europeos, liderados por Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El Decreto 92/2019 de 25 de junio, regula el programa de ayudas destinado a la presentación de Proyectos Tractores de Investigación Europeos a convocatorias de segunda fase del Programa Horizonte 2020 (en adelante Programa H2020), liderados por Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 del citado Decreto, procede realizar la convocatoria pública de las ayudas para el ejercicio 2020. Convocatoria que corresponde realizar, mediante resolución, a la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia. La convocatoria se tramita anticipadamente conforme a lo estipulado en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En su virtud, y de conformidad con las competencias que me atribuye el Decreto 70/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de las ayudas. Es objeto de la presente Resolución convocar para el ejercicio 2020 las ayudas establecidas por el Decreto 92/2019, de 25 de junio, por el que se regulan las ayudas a la presentación de Proyectos Tractores de Investigación Europeos a convocatorias de segunda fase del Programa Horizonte 2020, liderados por Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. Artículo 2 Requisitos. De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 92/2019, de 25 de junio, Los proyectos objeto de subvención deben cumplir los siguientes requisitos: a) Haber presentado previamente el proyecto a una de las dos modalidades de instrumentos Acciones de Investigación e Innovación o Acciones de Innovación del Programa H2020. b) Haber superado la primera fase, de evaluación, de la Comisión Europea. c) Que el plazo límite de presentación de la segunda fase sea posterior a la fecha de solicitud de la ayuda y anterior al 1 de diciembre del año siguiente a la misma. d) Que el proyecto europeo esté coordinado por la entidad solicitante. e) Que el proyecto europeo tenga una dimensión, referida a sus costes totales, superior a 4 millones de euros. f) Que cuente con participación de, al menos, una empresa radicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE), bien porque su sede social se encuentre en la CAE o bien porque cuente con una instalación en la CAE, instalación en donde necesariamente se vaya a realizar el proyecto objeto de subvención en el Programa H2020. Artículo 3 Ámbito temporal. Los proyectos que motiven la solicitud deberán iniciarse durante el año 2019 o 2020 y desarrollarse en 2020, debiendo estar culminados antes del 31 de diciembre de 2020. Artículo 4 Dotación económica. A la financiación de las ayudas convocadas, se destinará un importe de 600.000 euros, procedentes del Fondo de Innovación de Lehendakaritza. No obstante, de conformidad con lo

Publicación oficial en euskadi.eus

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