BOPV nº 234 · 2019-12-10 · Educación

ORDEN de 26 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se convocan subvenciones a centros privados de enseñanzas musicales.

Las enseñanzas musicales son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi. Tradicionalmente han suscitado especial atractivo en la ciudadanía y por ello las Administraciones locales las ofertan. Por su importancia social, por el esfuerzo municipal, y para promover la formación de la ciudadanía, la administración educativa, se ha dedicado a gestionar los recursos para su ordenación, planificación y financiación. Por otra parte, la iniciativa privada ha cubierto, también en circunstancias y ámbitos geográficos determinados, una función de acercamiento y difusión de estas enseñanzas a la sociedad. En esta línea, la dotación presupuestaria para estas enseñanzas pretende plasmar un proceso de normalización acorde con la implantación de las mismas en el País Vasco, tanto en la distribución espacial como en el equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades. Dentro de los centros de enseñanza musicales, la finalidad general de las escuelas de música (enseñanza no reglada) es ofrecer una formación práctica en música y danza de raíz tradicional, orientar y preparar para los estudios profesionales. Los centros autorizados contribuyen ofreciendo la enseñanza reglada. Así, esta orden, dirigida a centros privados de enseñanzas musicales, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de estos centros y al cumplimiento de los objetivos marcados. Estas ayudas se enmarcan en el Plan estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación para 2019, aprobado por Orden de la Consejera de Educación el 15 de marzo de 2019, entre cuyos ejes estratégicos y líneas subvencionables se incluye continuar el proceso de financiación de las enseñanzas de música tanto regladas como no regladas ofertadas por centros privados. Dentro de la normativa de la UE sobre las ayudas de estado a la cultura, el 1 de julio de 2014 entró en vigor el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26-06-2014), en adelante Reglamento general de exención n.º 651/2014. En el artículo 53 de dicho Reglamento se contempla como categoría exenta de la obligación de notificación las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio que incluyen, en su apartado 3, las ayudas de funcionamiento. Es por ello que las subvenciones reguladas en esta orden se acogerán al Reglamento general de exención n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, prorrogadas para 2019, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a centros privados de enseñanzas musicales, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de l

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