BOPV nº 232 · 2019-12-05 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2019, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se resuelven las solicitudes de subvenciones para los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas para el año 2019.
ANTECEDENTES Vistas las solicitudes presentadas al amparo de lo dispuesto en el Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, por el que se regula la concesión de subvenciones para los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas y en la Orden de 17 de abril de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística por la que se regula la convocatoria de subvenciones para financiar los programas deportivos de las Federaciones Deportivas Vascas correspondientes al año 2019. De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 17 de abril de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística y en el artículo 7.1 del referido Decreto, la Junta Calificadora, reunida el día 19 de septiembre de 2019, en Vitoria-Gasteiz, emitió propuesta de resolución acerca de las solicitudes presentadas, propuesta que fue elevada al Director de Actividad Física y Deporte. En su virtud, y vista la propuesta de resolución formulada por la Junta Calificadora y en el ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 7.2 del citado Decreto, RESUELVO : Primero Adjudicar una subvención a las federaciones vascas relacionadas en el anexo por las cuantías señaladas en el mismo, en las que se entenderán comprendidas las cantidades recibidas con carácter anticipado por cada federación a cuenta de la subvención anual correspondiente al año 2019, de acuerdo con el régimen de libramiento de pagos establecido en el artículo 5 del mencionado Decreto. La cantidad total destinada a financiar las citadas subvenciones es de 2.445.000,00 euros. Segundo De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 de la referida Orden, el pago de las subvenciones otorgadas para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas se hará efectivo mediante un libramiento en el que se abonará la cantidad resultante de restar a la subvención concedida el importe de los pagos anticipados realizados, una vez justificadas las cantidades abonadas anticipadamente. Tercero Las federaciones beneficiarias de subvenciones deberán acreditar y justificar antes del 15 de febrero de 2020 la aplicación de la subvención al destino establecido en la Orden de 17 de abril de 2019 y en la resolución de concesión mediante la presentación de la siguiente documentación: a) Liquidación del presupuesto del año 2019 aprobada por la Asamblea General. b) Memoria detallada del proyecto deportivo ejecutado acompañada de la documentación pertinente justificativa de haberse desarrollado las actividades contempladas en la solicitud. c) Relación de cualesquiera otras ayudas con destino al mismo objeto, de cuya efectividad no se tuviera conocimiento en el momento de presentación de las solicitudes. d) Justificación de gasto mediante la presentación de facturas y justificantes de pago. e) En caso de aquellas federaciones que hayan acompañado su solicitud con el compromiso de utilizar los dos idiomas oficiales, ejemplares de la documentación generada que acrediten dicho uso. La aportación de toda la documentación s