BOPV nº 232 · 2019-12-05 · Educación

ORDEN de 26 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se convocan subvenciones a las universidades, centros superiores de enseñanzas artísticas y deportivas, ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con programas de movilidad de carácter internacional de estudiantes en el curso 2019-2020.

La Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, establece en su artículo 51 que, en el ámbito de sus respectivas competencias, el departamento competente en materia de universidades, así como también las universidades mismas, fomentarán la movilidad de las estudiantes y los estudiantes en el Espacio Europeo de Educación Superior bien mediante programas de becas y ayudas y créditos al estudio, o, en su caso, complementando los programas de ayudas de la Unión Europea. Actualmente, mediante Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, se ha creado el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte. La contribución financiera de la Comunidad Europea para las movilidades del programa Erasmus+, no alcanza a financiar el 100% del coste de las mismas; por lo tanto, se hace imprescindible ampliar la financiación. Asimismo, parte de las movilidades universitarias se realizan a destinos no incluidos en el programa Erasmus+, por lo que no obtienen ayudas por parte de los organismos citados, constatándose la necesidad de financiación a las personas acogidas a estos otros programas de movilidad. En aplicación de lo anterior y consciente de la importancia de la movilidad en la enseñanza superior, el Departamento de Educación del Gobierno Vasco ha considerado conveniente realizar una convocatoria de subvenciones de movilidad ampliando el marco arriba citado, dirigida a las universidades, centros de estudios artísticos y deportivos superiores y otras instituciones con sede en el País Vasco para mejorar la financiación de las movilidades de las personas acogidas bien al programa Erasmus+ bien a otros programas de movilidad universitaria de carácter internacional. Por todo ello, y de conformidad con la legislación vigente en materia de subvenciones recogida en el Título VI y en el Capítulo III del Título VII del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre; de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y en base a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. RESUELVO : Artículo 1 Convocar subvenciones dirigidas a las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas y deportivas ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco con programas de movilidad de carácter internacional de estudiantes en el curso 2019-2020, de conformidad con las bases del Anexo I. Artículo 2 A este fin se destinará la cantidad de 1.850.000 euros. Artículo 3 El importe destinado a esta subvención podrá, con anterioridad

Publicación oficial en euskadi.eus

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