BOPV nº 222 · 2019-11-21 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2019, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el Exp. 14.0172.48.01.01.02 (SH-113/14) - Acta de infracción I482014000053227.
Visto el expediente de sanción incoado a las empresas Sidenor Aceros Especiales, S.L. (anteriormente, Gerdau Aceros Especiales Europa, S.L.), con CIF B-01292903 y domicilio en Barrio Ugarte, s/n 48970 Basauri (Bizkaia), Cesinel Ingeniería, S.L., con CIF B-84284579 y domicilio en Camino de las Rejas, 1 1.º, oficina J 28821 Coslada (Madrid), y Pine Instalaciones y Montajes, S.A., con CIF A-48713416 y domicilio en Calle Astintze, 6 3.º 48160 Derio (Bizkaia), en virtud del acta de infracción n.º I482014000053227, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia con fecha 28 de julio de 2014. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante resolución de la Directora de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, de fecha 24 de octubre de 2018, se impuso a la empresa Sidenor Aceros Especiales, S.L. y, solidariamente, a las empresas Cesinel Ingeniería, S.L. y Pine Instalaciones y Montajes, S.A. una sanción por importe de dos cientos cincuenta mil (250.000) euros , por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores». Segundo Dicha resolución es firme. Fundamentos de Derecho Arículo único. La competencia para conocer del expediente le viene atribuida a la Directora de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 84/2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de 2017), Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012). Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas RESUELVE: Primero Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican: Razón social: Sidenor Aceros Especiales, S.L. Sector de actividad a la que se dedica: fundición de hierro. Código de Identificación Fiscal: B01292903. Domicilio social: Barrio Ugarte, s/n 48970 Basauri (Bizkaia). Centro de trabajo afectado: Sidenor Aceros Especiales, S.L. Barrio Ugarte, s/n 48970 Basauri (Bizkaia). Infracción cometida: artículo 13.10 TRLISOS: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se