BOPV nº 221 · 2019-11-20 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
ORDEN de 29 de octubre de 2019, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las Áreas de Rehabilitación Integrada, al barrio de Adurza del municipio de Vitoria-Gasteiz.
ANTECEDENTES Mediante escrito del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada al barrio de Adurza. Se adjunta la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación. La delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden, se ha obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, del Plan General del municipio y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y estructural del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado. Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación. Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el barrio de Adurza de Vitoria-Gasteiz como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido con fecha 4 de julio de 2019 y que obra en el expediente. RESUELVO : Primero Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el barrio de Adurza del municipio de Vitoria-Gasteiz. Segundo Notificar el contenido de la presente Orden al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y a la Diputación del Territorio Histórico correspondiente. Tercero Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico correspondiente. Cuarto Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Orden, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal