BOPV nº 202 · 2019-10-23 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 15 de octubre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio 2019 para la realización de proyectos y actividades que tengan como objetivo la creación, la fidelización o el incremento de públicos culturales en Euskadi.

Las políticas de apoyo y fomento de la creación requieren de un decidido esfuerzo por hacer visible, atractiva y accesible la vitalidad, la potencia y la calidad de aquello que se está creando en el país. La cultura adquiere pleno sentido cuando enriquece el tejido social en el que se produce. El sentido de las creaciones y productos culturales reside, en última instancia, en su aportación a la vida social y a la experiencia vital de cada una de las ciudadanas y ciudadanos. Por tanto, las instituciones públicas que fomentan y apoyan la creación y la cultura deben afrontar, la tarea de superar las barreras que dificultan el encuentro entre las creaciones culturales y los públicos. Resulta una tarea de especial complejidad en un momento en que las prácticas culturales se encuentran en plena mutación, en que los grandes productos globales pretenden absorber toda nuestra capacidad de atención, en que la experiencia del descubrimiento de la cultura se ve sustituida por el consumo fácil de lo idéntico, por el entretenimiento fácil, y todo ello en un contexto de graves dificultades económicas para muchas capas de la sociedad. Es una tarea compleja, pero necesaria. Para abordarla se necesitan no solo recursos, sino ideas, nuevas propuestas, que permitan explorar nuevas vías de acción en un contexto en plena transformación. Proyectos que refuercen y alienten las prácticas culturales, que descubran la cultura a nuevos públicos, que consoliden y fidelicen los públicos existentes. Más allá de las medidas de apoyo económico directo al consumo cultural, esta convocatoria pretende descubrir y testar nuevas maneras de incidir positivamente en la visibilidad de nuestra cultura, haciéndola atractiva, y estableciendo puentes entre la creación y sus públicos. Sabiendo además que los públicos, los receptores de una obra de creación, también la transforman al hacerla suya, enriqueciendo a las y los creadores. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su difusión. Por su parte, el artículo 12 del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, atribuye a la Dirección de Promoción de la Cultura la función de analizar las necesidades existentes en las áreas de música, teatro, danza, libro, audiovisual y artes visuales y adoptar las medidas administrativas que considere adecuadas en orden al impulso, consolidación y difusión de la actividad que en las mismas se desarrolle en Euskadi. Asimismo, la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de subvenciones y ayudas está contenida

Publicación oficial en euskadi.eus

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