BOPV nº 196 · 2019-10-15 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2019, del Delegado Territorial en Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la instalación, se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública de la ampliación de zona de protección y arbolado de la Línea eléctrica de alta tensión a 13,2 kV denominada «Markosene-Larrabetzu, cto. 9», en su tramo entre la ST Markosene y el apoyo n.º 9148, y sus derivaciones, en los términos municipales de Mungia, Gamiz-Fika y Larrabetzu (Bizkaia).
Ref.: IFT/YMM. Exp.: 48-AT-Y-2019-11. ANTECEDENTES DE HECHO º Con fecha 5 de febrero de 2019 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao, Avenida San Adrián n.º 48, solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de su utilidad pública, en concreto, para la Ampliación de zona de protección y arbolado de la Línea eléctrica de alta tensión a 13,2 kV denominada «Markosene-Larrabetzu, cto. 9», en su tramo entre la ST Markosene y el apoyo n.º 9148, y sus derivaciones, en los términos municipales de Mungia, Gamiz-Fika y Larrabetzu (Bizkaia), aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Ion Gonzalez del Hoyo, según declaración de competencia de fecha 10 de enero de 2019. º A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 4 de julio de 2019, en el BOPV con fecha 9 de julio de 2019, y en el diario El Correo con fecha 12 de julio de 2019. º Con fecha 2 de julio de 2019 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Mungia y Gamiz-Fika, a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo. Así como, con fecha 2 de julio de 2019, petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación a dichos ayuntamientos además del Ayuntamiento de Larrabetzu, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno. Realizando la correspondiente reiteración a los 3 ayuntamientos, con fecha 29 de agosto de 2019. º Transcurridos los plazos reglamentarios, ninguno de los Ayuntamientos afectados por el proyecto ha presentado condicionado técnico. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante. Dos. El artículo 54 de la citada Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Tres. El informe de la Delegación Territorial de Bizkaia de fecha 25 de septi