BOPV nº 190 · 2019-10-07 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 16 de septiembre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para la creación y desarrollo de servicios de orientación de actividad física en el año 2019 (Convocatoria Mugiment).

El Departamento de Cultura y Política Lingüística establece mediante la presente Orden una línea de subvenciones para apoyar la creación y desarrollo de servicios de orientación de actividad física. Esta convocatoria se realiza por la importancia social que están cobrando los problemas derivados de la inactividad física y sedentarismo, y la función clave de las actividades físicas en la solución a los mismos. La Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco, en sus principios rectores señala que el deporte constituye una actividad social de interés público que contribuye a la formación y al desarrollo integral de las personas, a la mejora de su calidad de vida y al bienestar individual y social. Asimismo, reconoce el fundamental derecho de todas las personas a la práctica del deporte de forma libre y voluntaria. Para ello determina que los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán el adecuado ejercicio del citado derecho mediante una política deportiva basada en la aprobación y ejecución de programas especiales para la extensión de la práctica del deporte a todos los sectores sociales, especialmente a los más desfavorecidos. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para los años 2018-2020, aprobado por Orden del Consejero de Cultura y Política Lingüística y publicado en la web del citado Departamento. Considerando el Capítulo IV del Título I de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se tendrá en cuenta de manera activa el objetivo de la igualdad de mujeres y hombres en la elaboración y aplicación de este programa subvencional. Por tanto, resulta preciso establecer los requisitos y criterios que definan las características que deban cumplir los servicios de orientación de actividad física para ser considerados subvencionables, así como las normas que regulen la solicitud, tramitación y concesión de las referidas subvenciones. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden establece el régimen de concesión de subvenciones para la creación y desarrollo de servicios de orientación de actividad física en el año 2019. A efectos de esta convocatoria se entenderá por servicio de orientación de actividad física el servicio al que las personas inactivas pueden acudir para recibir el asesoramiento, guía y acompañamiento necesario para realizar actividad física a través de una persona profesional de la actividad física, con el objetivo de ir adquiriendo el hábito de realizarla regularmente. Información más amplia se puede consultar en la guía para los servicios de orientación de actividad física: https://mugiment.eus/es/ekimena/publicaciones/guia-los-servicios-orientacion-actividad-fisica/ Artículo 2 Dotación presupuestaria. Para la presente convocatoria se destinará un total de ciento setenta mil (170.000) euros. Artículo 3 Entidades beneficiarias. Podrán acceder a las subvenc

Publicación oficial en euskadi.eus

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