BOPV nº 185 · 2019-09-30 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 17 de septiembre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2019, subvenciones para la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En el ejercicio de tales competencias se aprueba la Ley 6/2019 de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la gestión del Patrimonio Cultural Vasco en los aspectos de promoción, conservación, difusión y salvaguarda. En el contexto de la ampliación del concepto de patrimonio que en la sociedad se ha dado, han surgido algunos ámbitos nuevos que escasamente habían sido objeto de atención, y que incluso la propia ley mencionada los trata de una manera genérica. Por ello, el pasado ejercicio, en un contexto de decaimiento y práctica desaparición del sector marítimo tradicional se realizó la primera convocatoria de ayudas referidas a la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo. Se trata de un sector en vías de total desaparición que, paradójicamente, ha empezado a organizarse para el apoyo técnico y mantenimiento de los pocos restos de esta cultura que quedan. Igualmente, ha cobrado fuerza un área del patrimonio cultural a la que hasta hace poco no se prestaba demasiada atención: el patrimonio marítimo. El fuerte declive ya de varias décadas del sector pesquero y, en general, de todas las actividades tradicionales relacionadas con el mar, ha provocado una perdida enorme de elementos de cultura material e inmaterial de este sector. De hecho, se puede calificar como de residuales las muestras de este patrimonio que actualmente se mantienen, más aún las vivas, lo que hace necesario el apoyo institucional en todos los órdenes, a fin de poder preservar este patrimonio cultural marítimo. A fin de cubrir este vacío y cumplir el mandato que de la Ley 6/2019 de Patrimonio Cultural Vasco emana se aprueba la presente Orden que tiene por objeto la convocatoria de estas subvenciones, así como la regulación del modo y condiciones en que las mismas podrán ser solicitadas y resueltas con cargo al importe consignado para tal finalidad. Todo ello tal y como se estable en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2018-2020, aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística y publicado en la web del Departamento, en la dirección http://www.euskadi.eus/plan-departamental/plan-estrategico-de-subvenciones-del-departamento-2018-2020/web01-s2kultur/es/, y que se desarrolla mediante el Plan Anual de subvenciones del Departamento de Cultura de 6 de mayo de 2019. Todo ello dentro del crédito presupuestario recogido en la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018 que sigue vigente en el presente año 2019 según lo establecido en el Título IX (régimen de prórroga) del Texto Refundido de las disposiciones legales e

Publicación oficial en euskadi.eus

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