BOPV nº 174 · 2019-09-13 · Empleo y Políticas Sociales

ORDEN de 30 de julio de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, de desarrollo de la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, hace referencia en su Capítulo VI a la gobernanza del sistema de Formación Profesional para el Empleo, y define un nuevo papel para los distintos agentes y órganos que intervienen en el gobierno del mismo, impulsando el liderazgo y el protagonismo de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el diseño estratégico, en la planificación, programación, difusión, control, seguimiento y evaluación de la formación profesional para el empleo, especialmente en la dirigida a los trabajadores ocupados. El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, crea un nuevo modelo de gestión e integra en un único sistema el conjunto de las actuaciones de Formación Profesional para el Empleo que se desarrollan en nuestro territorio. Así, mediante una ordenación de la Formación Profesional para el Empleo basada en criterios de calidad, eficacia y eficiencia, con la participación de los agentes sociales en la gobernanza del sistema y en colaboración con las entidades de formación, contribuirá a la formación de capital humano como factor clave de competitividad y al desarrollo de una economía sostenible y generadora de empleo. El Capítulo II del mencionado Decreto 82/2016, de 31 de mayo, está dedicado a la Gobernanza del sistema: órganos de planificación, gestión y participación de la Formación Profesional para el Empleo, y crea, en el artículo 10, la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, como órgano de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adscrita a ese organismo autónomo. De acuerdo con el apartado segundo del citado artículo 10, el desarrollo de la composición de esta Comisión, su régimen de funcionamiento y financiación se establecerán mediante Orden de la persona titular del Departamento con competencia sobre el empleo. Así, en virtud de las competencias que me atribuye el Decreto 75/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. DISPONGO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es regular la composición, régimen de funcionamiento y financiación de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas. Artículo 2 Naturaleza y adscripción. La Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas es un órgano tripartito, de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adscrita a ese organismo autónomo, que tiene su sede en las dependencias de dicho organismo en Vitoria-Gasteiz. Artículo 3 Funciones. Las funcio

Publicación oficial en euskadi.eus

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