BOPV nº 172 · 2019-09-11 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 4 de septiembre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, de modificación de la Orden de 25 de junio de 2019, del mismo Consejero, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2019, a la producción audiovisual.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Advertidos errores de dicha índole la Orden de 25 de junio de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2019, a la producción audiovisual, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 128, de 8 de julio de 2019, se procede a su corrección. En la página 2019/3336 (18/27), en el artículo 29, apartado 2), donde dice: La calidad, originalidad y viabilidad del guion a desarrollar, hasta un máximo de 55 puntos, que se asignarán conforme al siguiente baremo: calidad 20 puntos, originalidad 20 puntos y viabilidad 15 puntos. Debe decir: La calidad, originalidad y viabilidad del guion a desarrollar, hasta un máximo de 50 puntos, que se asignarán conforme al siguiente baremo: calidad 20 puntos, originalidad 15 puntos y viabilidad 15 puntos. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2019. El Consejero de Cultura y Política Lingüística, BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.

Publicación oficial en euskadi.eus

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