BOPV nº 144 · 2019-07-31 · Trabajo y Justicia

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2019, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de la empresa GUE, S.A. para los años 2018-2019 (código de convenio núm.: 86002872012010).

ANTECEDENTES Primero El día 4 de junio de 2019 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por los representantes de la Comisión Negociadora. Segundo Dicho acuerdo fue suscrito, el 30 de mayo de 2019, por los representantes de la Comisión Negociadora. Tercero Se ha nombrado por los firmantes del citado convenio, en el Acta de Firma, la persona que ha de proceder a la tramitación del registro y publicación. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación y de creación de áreas de actuación de los mismos que en su artículo 16 crea el Departamento de Trabajo y Justicia y establece en su Disposición Transitoria Primera la vigencia de los reglamentos orgánicos, siendo de aplicación el artículo 11.1.i del Decreto 191/2013, de 9 de abril, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro de convenios colectivos. Segundo El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del referenciado texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2019. La Directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO. CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA GUE, S.A., PARA LOS AÑOS 2018-2019 Artículo 1 Ámbito funcional. Los contenidos del presente Convenio regulan, a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales de la empresa, GUE, S.A., con todos sus trabajadores/as, y afectará a todo su personal, adscrito a los centros de trabajo de Bizkaia, Araba y Gipuzkoa, cualquiera que sea su categoría profesional. Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo o cualquier concepto que fuera mejor de lo estipulado en el presente convenio, considerado en su conjunto y en el cómputo anual. En lo no previsto en el presente convenio, le será de aplicación lo establecido en el Convenio Colectivo de la Industria siderometalúrgica de Bizkaia 2008-2011 o aquel que le sustituya. Artículo 2 Vigencia, duración y denuncia. El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma por las partes legitimadas, y el periodo de su vigencia se extenderá desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019. El presente convenio se considerará denunciado por ambas partes el 1 de octubre de 2019 y se acuerda expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el

Publicación oficial en euskadi.eus

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