BOPV nº 131 · 2019-07-11 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2019, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el Exp.: 08.0195.20.01.01.02 (336/53173/08) - Acta de infracción I202008000053173.
Visto el expediente de sanción incoado a la empresa UTE Lugaritz, con CIF G20849725 y domicilio en 20018 de Donostia (Gipuzkoa), Paseo Errotaburu, 1 5.º en virtud del acta de infracción n.º I202008000053173, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa con fecha 26 de septiembre de 2008. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante resolución de la Directora de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, de fecha 14 de noviembre de 2018 se impuso a la empresa UTE LUGARITZ una sanción por importe de cuarenta mil novecientos ochenta y seis (40.986) euros, por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores». Segundo Dicha resolución ha adquirido firmeza en fecha 23 de febrero de 2019. FUNDAMENTOS DE DERECHO Artículo único La competencia para conocer del expediente le viene atribuida a la Directora de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 84/2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de 2017), Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012). Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas RESUELVE: Primero Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican: Razón social: UTE Lugaritz. Sector de actividad a la que se dedica: construcción de edificios. Código de Identificación Fiscal: G20849725. Domicilio social: Paseo Errotaburu, 1 5.º 20018 Donostia (Gipuzkoa). Infracción cometida: 13.10 TRLISOS: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. Cuantía de la sanción económica: cuarenta mil novecientos ochenta y seis (40.986) euros. Fecha del acta de infracción: 26 de septiembre de 2008. Fecha de la resolución sancionadora: 14 de noviembre de 2018. Fecha en la que la sanción adquirió firmeza: 23 de febrero de 2019. Segundo Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro de sanciones por infracciones muy graves