BOPV nº 107 · 2019-06-07 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 417/2019, de 15 de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales incluidos/as en el Anexo V de las resoluciones 1250/2018, 1251/2018 y 1252/2018, de 30 de noviembre, de esta Dirección General.

Mediante las resoluciones 1250/2018, 1251/2018 y 1252/2018, de 30 de noviembre, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicadas en el BOPV n.º 241, de 17 de diciembre de 2018, se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional del personal de los distintos grupos profesionales (Facultativo Médico-Técnico, Diplomados/as Sanitarios/as y personal no sanitario y sanitario de formación profesional, respectivamente) de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, derivada de la convocatoria publicada por Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, de esta Dirección General. Las citadas resoluciones determinan en su resuelvo segundo «Aprobar la relación de profesionales que, tras superar los requisitos de puntuación establecidos en el Bloque B de méritos curriculares, una vez revisados sus expedientes en el trámite de resolución de recurso de alzada, continúan en el proceso de evaluación, procediéndose a la valoración del Bloque A de Actividad, desempeño y dominio profesional y del Bloque C de Implicación y compromiso con la organización, según la relación que se incluye como Anexo V». Efectuada la evaluación relativa a los Bloques A y C de los y las profesionales incluidos en dicho Anexo V y ratificados los resultados por las organizaciones de servicios correspondientes, procede el reconocimiento de nivel a aquellos/as profesionales que cumplen la puntuación requerida en dichos Bloques A y C para alcanzar el Nivel solicitado. Por cuanto antecede, en uso de las facultades atribuidas y de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de los Decretos 395/2005, de 22 de noviembre, 35/2007 de 27 de febrero y 248/2007 de 26 de diciembre, por los que se regula el desarrollo profesional del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en la Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza, RESUELVO : Primero Aprobar la asignación definitiva de niveles de desarrollo profesional de los y las profesionales incluidos en el Anexo V de las resoluciones 1250/2018, 1251/2018 y 1252/2018, de 30 de noviembre, de esta Dirección General, y que se relacionan en el Anexo a la presente Resolución. Segundo Los efectos de esta asignación de nivel de desarrollo profesional serán los mismos que se establecen en las resoluciones 1250/2018, 1251/2018 y 1252/2018, de 30 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por las que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional del personal de los distintos grupos profesionales (Facultativo Médico-Técnico, Diplomados/as Sanitarios/as y personal no sanitario y sanitario de formación profesional, respectivamente) de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud

Publicación oficial en euskadi.eus

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