BOPV nº 102 · 2019-05-31 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 3 de abril de 2019, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Gaituzsport Fundazioa».
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Gaituzsport Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 12 de febrero de 2019 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Gaituzsport Fundazioa», fundada por don Porfirio Hernández Zubizarreta, don Xabier Leicea Ortega, don Juan Jauregizar Eskurtza y la «Federación Vasca de Deporte Avanzado». A la solicitud se adjuntó la escritura pública de constitución. Segundo El Registro de Fundaciones del País Vasco requirió el 22 de febrero y el 5 de marzo de 2019 la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, teniendo entrada el 27 de febrero y 6 de marzo de 2019 en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno la documentación solicitada. Tercero La Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 1 de abril de 2019 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación. Cuarto En virtud de lo previsto en el artículo 3 de sus estatutos, los fines de interés general que persigue la Fundación son: Transformar el conocimiento en acción para crear una red de apoyos favoreciendo la cohesión social, desde una perspectiva transversal (Formación-Investigación-Sensibilización y Difusión- I+D+i). Construir una sociedad abierta, activa y saludable a través de la Actividad Física y el Deporte. Poner en valor las capacidades de una sociedad diversa, a través de la inclusión en la Actividad Física y el Deporte. Colaborar con las Administraciones públicas y entidades privadas, mediante la suscripción de convenios y acuerdos de todo tipo. Crear Programas de Integración, normalización e inclusión social mediante la Actividad Física Inclusiva y Adaptada de base. Trabajar por la inclusión del alumnado con discapacidad en la educación física y en la práctica físico-deportiva en los centros educativos. Empoderamiento para la inclusión al tejido asociativo. Quinto Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la Avenida Julian Gaiarre, 44, bajo, de Bilbao, desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Sexto Las personas fundadoras aportan 30.000 euros como dotación fundacional inicial. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Séptimo El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con duración indefinida: Presidente: don Porfirio Hernández Zubizarreta. Vicepresidente: L