BOPV nº 91 · 2019-05-16 · Gobernanza Pública y Autogobierno

DECRETO 74/2019, de 7 de mayo, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación denominada «Albaola, Asociación para la difusión del Patrimonio Cultural Marítimo Vasco», de Pasaia (Gipuzkoa).

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo. A su amparo, «Albaola, Asociación para la Difusión del Patrimonio Cultural Marítimo Vasco» ha solicitado el mencionado reconocimiento, por entender que las actividades que desarrolla le hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública. Albaola, Asociación para la Difusión del Patrimonio Cultural Marítimo Vasco fue inscrita en el Registro de Asociaciones del País Vasco el 26 de enero de 2000, con el número de registro AS/G/08404/2000. En virtud de lo previsto en el artículo 2 de sus estatutos, la Asociación tiene como objeto social la consecución de los siguientes fines: Desarrollo de la personalidad marítima de Euskal Herria. Impulsar la creación/ promoción y restauración de las embarcaciones tradicionales vascas, tanto en el campo de la construcción como en su uso. Estimular el interés y el debido conocimiento sobre las embarcaciones tradicionales vascas contactando con diferentes asociaciones e instituciones educativas, sociales, deportivas... Gestión de la trainera Ameriketatik, así como de aquellas embarcaciones que en adelante sean bienes de la asociación. Mantener relaciones e intercambios con organismos de distinto orden y nacionalidad cuyo fin sea la defensa y difusión del patrimonio marítimo. Realizar y publicar trabajos de investigación y de arqueología experimental, utilizando para ello los medios técnicos necesarios. Promoción de la imagen marítima vasca en el mundo. Desarrollo de la actividad turística en diferentes ámbitos geográficos (a nivel comarcal, autonómico, europeo e internacional) llevando a cabo acciones de creación y oferta de experiencias y productos turísticos, así como la participación en paquetes o visitas turísticas y actos de promoción turística. Trabajar por la defensa del medio ambiente, prestando especial atención a la situación del mar y los ríos. Organización de conferencias, encuentros, concentración de embarcaciones, cursos y diferentes actos dirigidos al conocimiento y la difusión de la historia marítima. Fomentar la relación y el contacto de la población con el mar y los ríos. Dotarse de los fondos necesarios para desarrollar los objetivos previstos. La gestión integral del buque Ozentzio. Se han cumplido los requisitos previstos en la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, el Decreto 145/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Asociaciones del País Vasco y el Decreto 146/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre las Asociaciones de Utilidad Pública y su Protectorado. En virtud de lo previsto en

Publicación oficial en euskadi.eus

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