BOPV nº 90 · 2019-05-15 · Educación

ORDEN de 30 de abril de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a los centros privados o de iniciativa social que deseen liberar a profesores/as para participar, durante el año 2019, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo.

A tenor de lo expresado en el artículo tercero de la Orden de 28 de enero de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula el programa de Capacitación Idiomática del Profesorado (Irale) (BOPV, 11-02-1994) el programa Irale está destinado al profesorado que ejerce la docencia en centros no universitarios, públicos o privados de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Viceconsejería de Educación tiene publicadas las órdenes de convocatoria para los cursos 2018-2019 y 2019-2020 en formato electrónico en la página web del Departamento (www.hezkuntza.ejgv.euskadi.eus/euskera), en los que se ofrece la opción a los/as profesores/as de los centros privados a participar en los cursos a impartir dentro del horario lectivo. Por todo ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con arreglo a la normativa básica establecida Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla y demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones y aplicándose los recursos económicos disponibles con arreglo a los criterios establecidos en la presente Orden DISPONGO : Artículo 1 La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas destinadas a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as participen, durante el año 2019, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as. Para ello será destinada una partida de 1.222.787,00 euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2019. El programa de ayudas se desarrollará en dos fases: la primera resolución, que conllevará hasta un 70% de la partida total, corresponderá a la tanda enero-junio. La segunda resolución, a su vez, corresponderá a la tanda de septiembre a diciembre. El remanente de la primera fase se destinará a la segunda. Artículo 2 Podrán tomar parte en la presente convocatoria los centros privados o de iniciativa social que: a) Durante el año 2019 tengan uno/a o más profesores/as candidatos/as liberados/as o aceptados/as a liberar por la Administración Educativa para la realización de cursos a impartir dentro del horario lectivo. b) Hayan dado o den su conformidad, a través del correspondiente director/a del centro, para la liberación de dichos/as cursillistas. Artículo 3 Los centros participantes podrán solicitar subvención, en el caso de que uno/a o más profesores/as de los mismos haya solicitado dentro del plazo establecido la participación en alguno de los cursos a impartir dentro del horario lectivo. Además, los centros privados o de iniciativa so

Publicación oficial en euskadi.eus

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