BOPV nº 87 · 2019-05-10 · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute

RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2019, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se da publicidad al procedimiento para la concesión de subvenciones para el desarrollo, en el 2019, de actividades para la promoción y difusión de la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera, aprobado por el Consejo de Dirección.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute Etxepare (en adelante IVE) dispone en el apartado 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». En este contexto, y teniendo en cuenta las áreas de responsabilidad del Instituto Vasco Etxepare, se realizan convocatorias públicas de subvenciones específicas para el desarrollo de actividades culturales prioritarias en cada sector cultural. Sin embargo, algunas actividades que se quieren llevar a cabo según las solicitudes recibidas, aunque pueden ser del ámbito de competencia del Instituto Vasco Etxepare, suelen quedar excluidas de estas convocatorias de subvenciones, como diversas actividades de expresión de la cultura tradicional, así como otras expresiones culturales extraordinarias. Por todo lo expuesto, de conformidad con las competencias de actuación del IVE, se ha considerado necesario establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones para la internacionalización de expresiones culturales extraordinarias que quedan excluidas de las demás convocatorias específicas del Instituto. Dicha subvención, así como los criterios básicos para su otorgamiento, fueron aprobados por el Consejo de Dirección el 22 de marzo de 2019. En virtud de lo cual RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución dar publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del IVE que aprueba la regulación del régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante el ejercicio 2019, de proyectos y actividades no profesionales para la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera del ámbito geográfico del euskara. Artículo 2 Ámbito temporal. Las actividades presentadas al amparo de esta resolución tendrán que realizarse entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2019. Artículo 3 Recursos económicos. El importe global máximo de esta convocatoria ascenderá a treinta mil (30.000) euros. La cantidad máxima que se puede recibir por proyecto, actividad o programa cultural será la siguiente: Actividades llevadas a cabo en destinos hasta 1.200 km: dos mil (2.000) euros. Actividades llevadas a cabo en destinos entre 1.201 y 5.000 km: tres mil quinientos (3.500) euros. Actividades llevadas a cabo en destinos a más de 5.000 km: cinco mil (5.000) euros. Artículo 4 Personas o entidades beneficiarias. Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta Resolución cuantas personas físicas y jurídicas privadas, realicen los programas o actividades a los que la misma se refiere y que a fecha de presentación de la solicitud tengan su empadronamiento o domicilio social dentro de la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma de la obra a difundir sea el euskera, podrán también presentarse las personas físicas o jurídicas privadas q

Publicación oficial en euskadi.eus

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