BOPV nº 76 · 2019-04-23 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 36/2019, de 9 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan Especial de Emergencias de Euskadi ante la Contaminación de la Ribera del Mar (Itsasertza).

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 9 de abril de 2019, el Acuerdo por el que se aprueba el Plan Especial de Emergencias de Euskadi ante la Contaminación de la Ribera del Mar, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueba el Plan Especial de Emergencias de Euskadi ante la Contaminación de la Ribera del Mar (Itsasertza), que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 9 de abril de 2019. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 36/2019, DE 9 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 9 DE ABRIL DE 2019, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS ANTE LA CONTAMINACIÓN DE LA RIBERA DEL MAR (ITSASERTZA) El Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, aprobó el Sistema Nacional de Respuesta ante la Contaminación Marina como instrumento preventivo y de lucha ante cualquier supuesto de contaminación marina accidental o deliberada con independencia de su origen o naturaleza, que afecte o pueda afectar tanto a las aguas marítimas sobre las que el Estado ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, como a las costas españolas. El Sistema Nacional de Respuesta contempla dos subsistemas, que corresponden con sus dos ámbitos de actuación, el marítimo y el costero. En el ámbito costero se engloba el Plan Estatal de Protección de la Ribera del Mar, los planes territoriales y los planes locales. El presente Plan Especial de Emergencias de Euskadi ante la Contaminación de la Ribera del Mar (Itsasertza) se enmarca en este subsistema costero. De acuerdo con el artículo 4 del Sistema Nacional de Respuesta, la elaboración y aprobación de los planes territoriales corresponde a las autoridades competentes de cada una de las comunidades autónomas litorales y deberá ser informado por el Consejo Nacional de Protección Civil, a los efectos de su adecuación al Sistema Nacional de Protección Civil. Ello también de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Conforme al artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias, «el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de seguridad pública, de conformidad con los objetivos generales establecidos por el Gobierno, es el órgano responsable de la política de protección civil de la Comunidad Autónoma». El Sistema Nacional de Respuesta ante la Contaminación Marina prevé, en su disposición adicional quinta, que «los planes de contingencia que integran el subsistema costero del Sistema Nacional de Respuesta se integrarán, en su caso, en el sistema de respuesta de protección civil, en el nivel territorial

Publicación oficial en euskadi.eus

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