BOPV nº 60 · 2019-03-27 · Educación

ORDEN de 12 de marzo de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Urretxindorra Ikastola» de Bilbao (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Urretxindorra Ikastola» de Bilbao (Bizkaia), en solicitud de autorización para la modificación de las instalaciones, la redistribución de los espacios educativos del centro y la ampliación de una línea de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza la reforma y reorganización del edificio de Educación Infantil y Educación Secundaria, con las Unidades solicitadas, al centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 48010131. Denominación específica: «Urretxindorra Ikastola». Titular: Urretxindorra Sociedad Cooperativa. Domicilio: Martín Barua, 21. Municipio: Bilbao. Territorio Histórico: Bizkaia. Autorización: Ampliación de 4 unidades de Educación Secundaria con capacidad, cada una de ellas, para 30 puestos escolares, y ampliación de 2 unidades de Bachillerato con capacidad, cada una de ellas, para 35 puestos escolares. Composición resultante: Educación Infantil 1.º ciclo: 6 unidades, con la siguiente capacidad: 2 unidades para niños y niñas de uno a dos años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares. 4 unidades para niños y niñas de dos a tres años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares. Educación Infantil 2.º ciclo: 9 unidades con capacidad para 217 puestos escolares. Educación Primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares. Bachillerato: modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 6 unidades con capacidad para 210 puestos escolares. Educación Especial: 4 aulas abiertas. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Artículo 3 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen

Publicación oficial en euskadi.eus

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