BOPV nº 51 · 2019-03-13 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 24/2019, de 5 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con la Diputación Foral de Bizkaia para la prestación de servicio de transporte escolar al alumnado de enseñanzas post-obligatorias.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con la Diputación Foral de Bizkaia para la prestación de servicio de transporte escolar al alumnado de enseñanzas post-obligatorias, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 2019. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 24/2019, DE 5 DE MARZO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR AL ALUMNADO DE ENSEÑANZAS POST-OBLIGATORIAS REUNIDOS : De una parte, Dña. Cristina Uriarte Toledo, en su calidad de Consejera del Departamento de Educación del Gobierno Vasco y en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Y de la otra, D. Miguel Ángel Gómez Viar, en su calidad de Diputado Foral de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio de la Diputación Foral de Bizkaia, en nombre y representación de la Diputación Foral de Bizkaia. EXPONEN: Que la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi a través del Departamento de Educación, tiene entre sus funciones y competencias la gestión del transporte escolar según lo establecido en el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en su artículo 11 «Departamento de Educación» y el Decreto 79/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación. Que el Departamento de Educación regula el transporte escolar para el alumnado que curse las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Que el ejercicio de estas funciones se viene materializando hasta la fecha a través de dos vías: la contratación de vehículos para la realización del transporte escolar, y la convocatoria de ayudas para aquellos casos en los que no es viable la contratación de dicho transporte. Que la Diputación Foral de Bizkaia viene ostentando históricamente, amplias competencias en materia de transportes por carreteras. Entre estas competencias se encuentran las relacionadas con el transporte público de viajeros por carretera. El ejercicio de estas funciones está atribuido por el Decreto Foral 209/2015, de 22 de diciembre, al Departamento Foral de Transportes, Movilidad

Publicación oficial en euskadi.eus

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