BOPV nº 45 · 2019-03-05 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2019, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. para la actividad de fabricación de tubos de acero inoxidable sin soldadura mediante laminación en frío en el término municipal de Amurrio.

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de 30 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente se concede a Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de tubos de acero inoxidable sin soldadura mediante laminación en frío en el término municipal de Amurrio. Mediante Resolución de 25 de febrero de 2009 del Viceconsejero de Medio Ambiente se modifica la Resolución de 30 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede a Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de tubos de acero inoxidable sin soldadura mediante laminación en frío en el término municipal de Amurrio. Mediante Resolución de 6 de octubre de 2016 del Viceconsejero de Medio Ambiente se modifica y hace efectiva la autorización ambiental integrada concedida a Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. para la actividad de fabricación de tubos de acero inoxidable sin soldadura mediante laminación en frío en el término municipal de Amurrio. Con fecha 21 de abril de 2017, Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. solicita a este Órgano ambiental la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada, previa declaración de impacto ambiental, de conformidad con lo establecido el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación publicado en el Boletín Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016, para el proyecto de una nueva línea de fabricación de tubo OCTG. Con fecha 11 de mayo de 2017, Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. solicita modificación no sustancial, consistente en el desmantelamiento de los trenes de laminación Pilger 6 y Pilger 7. De acuerdo con los criterios establecidos en los apartados 4 y 5 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, no cabe la calificación de la modificación notificada como «modificación sustancial». Con fecha 20 de julio de 2017, Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. entrega documentación complementaria a la solicitud efectuada el 16 de abril de 2017, requerida por este Órgano ambiental. Una vez constatada la suficiencia de la documentación, mediante Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto técnico y estudio de impacto ambiental promovido por Tubacex Tubos Inoxidables, S.A.U. para la modificación sustancial de la actividad de fabricación de tubos de acero inoxidable sin soldadura mediante laminación en frío en el término municipal de Amurrio; en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y Boletín Oficial de Álava con fecha de 15 de noviembre de 2017. La notificación a los veci

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