BOPV nº 34 · 2019-02-18 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 12/2019, de 7 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio marco de colaboración suscrito con la Universidad del País Vasco para la docencia práctica del alumnado de la Facultad de Derecho.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio marco de colaboración suscrito de colaboración con la Universidad del País Vasco, para la docencia práctica del alumnado de la Facultad de Derecho, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de febrero de 2019. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 12/2019, DE 6 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO PARA LA DOCENCIA PRÁCTICA DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO En Vitoria-Gasteiz a 11 de diciembre de 2018. REUNIDOS : De una parte, D.ª Estefanía Beltrán de Heredia Arróniz, Consejera de Seguridad del Gobierno Vasco, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Y de otra, D.ª Juana Goizueta Vértiz, en su condición de Decana en funciones de la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio de colaboración educativa. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad y legitimidad bastante para suscribir el presente convenio de colaboración y para quedar obligadas en los términos que en él se establecen, y a tal fin, MANIFIESTAN: Primero Que la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (en adelante, UPV/EHU) es una Institución de Derecho Público, al servicio de la sociedad, que goza de autonomía y está dotada de personalidad y capacidad jurídica y de patrimonio propio, para prestar, en el ámbito de su competencia, con el compromiso ineludible de calidad y excelencia, el servicio de la enseñanza superior mediante la docencia, la investigación, el estudio, la proyección cultural y universitaria, los procesos de gestión y los servicios que sustentan sus actividades. Segundo Que de acuerdo con los Estatutos de la UPV/EHU la universidad promoverá las condiciones docentes y las ofertas complementarias dirigidas a favorecer el desarrollo personal del alumnado, su formación integral, la colaboración en actividades de investigación y desarrollo para lo que, se suscribirán convenios de cooperación educativa y de prácticas en empresas e instituciones de carácter público o privado, cuya suscripción y denuncia se ajustarán a las directrices aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU. Tercero Que la UPV/EHU tiene entre sus fines la formación y preparación, en el nivel superior de la enseñanza, de profesionales con adecuación a las demandas del entorno social, lo que supone que el alumnado de las distintas titulaciones y especialidades debe adquirir una formación práctica en contacto con la realida