BOPV nº 40 · 2019-02-26 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2019, del Viceconsejero de Cultura, por la que se incoa y se abre un período de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de los depósitos de agua de Soroborda y Buskando, sitos en el parque de Ulía, San Sebastián (Gipuzkoa).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presentan los depósitos de agua de Soroborda y Buskando, sitos en el parque de Ulía, San Sebastián (Gipuzkoa) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de los depósitos de agua de Soroborda y Buskando, sitos en el parque de Ulía, San Sebastián, conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y a la descripción obrante en el Anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco con la categoría de Conjunto Monumental, de los depósitos de agua de Soroborda y Buskando, sitos en el parque de Ulía, San Sebastián, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de San Sebastián y a los Departamentos de Cultura, Turismo, Juventud y Deporte y de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de febrero de 2019. El Viceconsejero de Cultura, JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I Delimitación La delimitación incluye, por un lado, los inmuebles de interés cultural del Conjunto Monumental, íntimamente asociados al abastecimiento de agua a la ciudad y que se describen en el Anexo II. Por otro lado, el entorno en el que se localizan. Así, el límite establecido para la protección del conjunto será el mismo que presenta la parcela en la que se ubica, parcela o espacio verde que facilitará la conservación y puesta en valor de esta monumental

Publicación oficial en euskadi.eus

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