BOPV nº 243 · 2018-12-19 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

ORDEN de 28 de noviembre de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se acuerda ampliar la delimitación del área degradada de los barrios San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose, del municipio de Legazpi, añadiendo además de los edificios, el espacio urbano donde se ubican los mismos.

ANTECEDENTES Con fecha de 4 de enero de 2018, el Ayuntamiento de Legazpi remite al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda la solicitud para la declaración del área denominada Ampliación del Área Degradada al espacio urbano de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose. La solicitud se acompaña de la delimitación de área, el Plan Especial, así como un estudio socio-urbanístico. La delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden, se ha obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, del Plan General del municipio y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y estructural del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado. Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación. Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el espacio urbano que rodea los edificios de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose de Legazpi como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido con fecha 25 de octubre de 2018 y que obra en el expediente. RESUELVO : Primero Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el espacio urbano que rodea los edificios de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose, de Legazpi. Segundo Notificar el contenido de la presente Orden al Ayuntamiento de Legazpi y a la Diputación del Territorio Histórico correspondiente. Tercero Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico correspondiente. Cuarto Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consej

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV