BOPV nº 235 · 2018-12-07 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2018, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se revisa y se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, S.A., para la actividad de fabricación de pasta de papel y papel, fabricación de cal, fabricación de dióxido de cloro e instalación de cogeneración en el término municipal de Hernani.

Resultando que mediante Resolución de 20 de mayo de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se concede a Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, S.A. autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de pasta de papel y papel, fabricación de cal, fabricación de dióxido de cloro e instalación de cogeneración, y se formula declaración de impacto ambiental para los proyectos de cogeneración y de estación depuradora de aguas residuales en el término municipal de Hernani (Gipuzkoa). Resultando que el 9 de mayo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la Decisión 2012/249/UE, relativa a la determinación de los períodos de arranque y de parada a efectos de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales. Resultando que mediante Resolución de 19 de septiembre de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se modifica y hace efectiva la autorización ambiental integrada concedida a Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, S.A. para la actividad de fabricación de pasta de papel y papel, fabricación de cal, fabricación de dióxido de cloro e instalación de cogeneración en el término municipal de Hernani (Gipuzkoa). Resultando que con fecha de 30 de septiembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión de ejecución de la Comisión de 26 de septiembre de 2014, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) para la producción de pasta, papel y cartón conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales (Decisión 2014/687/UE). Resultando que mediante Resolución de 30 de diciembre de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, S.A. para la actividad de fabricación de pasta de papel y papel, fabricación de cal, fabricación de dióxido de cloro e instalación de cogeneración en el término municipal de Hernani (Gipuzkoa). Resultando que con fecha de 17 de febrero de 2016 Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, S.A. da respuesta a la solicitud de propuesta para la determinación de los periodos de parada y arranque de acuerdo a lo establecido en la Decisión 2012/249/UE, relativa a la determinación de periodos de arranque y de parada a efectos de la Directiva 2010/75/UE sobre las emisiones industriales. Resultando que con fecha de 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Resultando que el artículo 26 del mencionado texto refundido fija las condiciones para la revisión de la autorización, de manera que en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las MTD en cuanto a la principal actividad de una instalación, el órgano competente garantizará que se hayan revisa

Publicación oficial en euskadi.eus

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