BOPV nº 230 · 2018-11-29 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 25 de octubre de 2018, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la Fundación «Gipuzkoako Aldaketa Klimatikoaren Fundazioa / Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Gipuzkoako Aldaketa Klimatikoaren Fundazioa / Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 2 de agosto de 2018 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Gipuzkoako Aldaketa Klimatikoaren Fundazioa / Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa», fundada por la Diputación Foral de Gipuzkoa. Se le otorga a la escritura pública de constitución el carácter de carta fundacional, para que puedan adherirse otras personas fundadoras en el plazo de dos años. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 22 de octubre de 2018 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación. Tercero En virtud de lo previsto en el artículo 3 de los estatutos, la Fundación tiene por objeto: La presente Fundación se configura con la misión expresa de apoyar a la Diputación Foral en el desarrollo de la Estrategia de Lucha contra el Cambio Climático de Gipuzkoa, en los términos establecidos en la Gobernanza Climática y Energética de Gipuzkoa. En concreto, serán sus funciones las siguientes: a) Dar apoyo a la Diputación Foral de Gipuzkoa en el análisis, observación y control del impacto del Cambio Climático en Gipuzkoa. b) Trabajar para obtener un diagnóstico certero y dinamizar la acción de un amplio espectro de agentes de cara a la mitigación y adaptación del cambio climático. c) Garantizar el proceso de evaluación y seguimiento de los progresos de la Estrategia de Lucha contra el Cambio Climático en Gipuzkoa. Cuarto Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en el Palacio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, sito en Gipuzkoa Plaza, s/n, de San Sebastián. Quinto La entidad fundadora aporta 30.000 euros como dotación fundacional inicial. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Sexto El primer Patronato, recogido en la escritura pública de constitución, está formado por los siguientes miembros nombrados por la Diputación Foral de Gipuzkoa, siendo la vigencia del nombramiento indefinida para los miembros natos y de cuatro años para los electivos: Presidente: don José Ignacio Asensio Bazterra. Diputado Foral del Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas. (Miembro nato). Vicepresidente: don Denis Itxaso González. Diputado Foral del Departamento de Cultura, Turismo, Juventud y Deportes. Secretari

Publicación oficial en euskadi.eus

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