BOPV nº 230 · 2018-11-29 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 25 de octubre de 2018, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación para la dinamización social a través de la promoción del futbol base en Getxo-Getxo futbola Fundazioa».
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación para la dinamización social a través de la promoción del futbol base en Getxo-Getxo futbola Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 20 de junio de 2018 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación para la dinamización social a través de la promoción del futbol base en Getxo-Getxo futbola Fundazioa», fundada por el «Club Deportivo Getxo», «Iturgitxi Club de Fútbol», la «Sociedad Deportiva de Neguri», el «Club Deportivo Galea» y el «Club Bizkerre». A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 22 de octubre de 2018 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación. Tercero Los fines de la Fundación, según establece el artículo 3 de sus estatutos, son los siguientes: a) La dinamización de la vida social del municipio de Getxo a través de la realización de actividades vinculadas al deporte, principalmente con el fútbol, así como otras de carácter lúdico, implicando para ello a los distintos sectores de la comunidad. b) La promoción, gestión, coordinación y difusión del deporte del fútbol en el municipio de Getxo en cualquiera de sus manifestaciones y variantes. c) El fomento de la práctica y enseñanza del deporte, principalmente del deporte del fútbol, entre niños/niñas y jóvenes. d) La gestión conjunta de la cantera de jugadores del deporte del fútbol desarrollada por parte de las Asociaciones del municipio de Getxo. Cuarto Conforme disponen los artículos 4 y 5 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la Avenida de los Chopos, s/n, de Getxo-Algorta (Bizkaia), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en el municipio de Getxo. Quinto La dotación fundacional inicial de la Fundación asciende a la cantidad de 30.000 euros. Las entidades fundadoras aportan inicialmente 7.500 euros, 1.500 euros cada una. El resto se hará efectivo en el plazo de cinco años. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral. Sexto El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros: Presidente: «Club Deportivo Getxo». Tesorero: «Club Deportivo Galea». Vocal: «Iturgitxi Club de Fútbol». Vocal: «Sociedad Deportiva de Neguri». Vocal: «Club Bizkerre». Secretario no patrono: don Gorka Zabala Lasa. Todos las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Consejero