BOPV nº 229 · 2018-11-28 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
DECRETO 161/2018, de 13 de noviembre, por el que se adscriben, a SPRI-Agencia vasca de Desarrollo Empresarial, los medios necesarios para el desarrollo de sus funciones y las acciones de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea S.A.
En virtud de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, se crea SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, como un ente público de derecho privado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de política industrial y competitividad empresarial. En los apartados 3, 4 y 5 de dicha Disposición Adicional, se desarrollan la finalidad, las funciones y las actuaciones que, para el cumplimiento de la primera, puede desarrollar SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial. Una de las funciones atribuida al ente es la de «impulsar y consolidar el sistema de apoyo público a la internacionalización de las empresas vascas» ejercida hasta ahora por la Dirección de Internacionalización del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras en virtud de lo dispuesto en el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Mediante el presente Decreto, en ejecución de lo dispuesto en el apartado 9 de la citada disposición adicional, se adscribe al nuevo ente SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial el personal de la Dirección de Internacionalización que ha venido desempeñando las funciones ahora atribuidas al nuevo ente. Además, el apartado 12 de la misma disposición ordena la adscripción a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial de todas las participaciones de titularidad pública en el capital social de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea S.A. Por lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y del Consejero de Hacienda y Economía, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2018, DISPONGO : Artículo 1 Adscripción del personal funcionario. Los puestos de trabajo de la Dirección de Internacionalización afectos a las funciones atribuidas a «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» se recogen en el anexo junto con el personal adscrito a los mismos. El personal funcionario de carrera o interino actualmente ocupante de los mismos se incorpora al ente conservando la totalidad de los derechos que tuviera reconocidos, incluida la antigüedad. La vinculación que dicho personal mantiene con la Administración General no se ve alterada por su incorporación a la «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial», manteniéndose dicho personal en la misma situación administrativa en la que se encontraba en el momento de su adscripción. El personal se regirá por la normativa reguladora de la función pública de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Cuando el personal funcionario de carrera titular de los puestos a los que se refiere el punto ant