BOPV nº 229 · 2018-11-28 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

DECRETO 160/2018, de 13 de noviembre, por el que se aprueban los estatutos de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial».

En virtud de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, se crea SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, como un ente público de derecho privado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de política industrial y competitividad empresarial. De conformidad con el apartado 2 de la referida disposición, SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial se regirá por las disposiciones legales aplicables a los entes públicos de derecho privado, salvo las especialidades establecidas en dicha disposición, y por sus estatutos, que serán aprobados por Decreto del Gobierno Vasco a propuesta del Departamento competente en materia de política industrial y competitividad empresarial. Asimismo, de acuerdo con su apartado 6 y la remisión que contiene a tal efecto a los estatutos, los órganos de gobierno serán el Consejo de Administración, la Dirección General y la Dirección de Internacionalización. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 15 de la Disposición Adicional Decimotercera se establece por decreto que el inicio de actividades de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial se producirá en el momento de la entrada en vigor de sus Estatutos. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y oída la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2018, DISPONGO : Artículo único Aprobación de Estatutos. Se aprueban los Estatutos de «SPRI-Agencia vasca de Desarrollo Empresarial», de conformidad con la Disposición Adicional Decimotercera, apartado 2 de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, conforme al texto que se acompaña como anexo al presente Decreto. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Desde la aprobación del presente Decreto hasta la constitución de los órganos de gobierno de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial», los derechos de socio correspondientes a las acciones del capital de la «Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.» adscritas a «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» y el resto de facultades se ejercerán por la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Se autoriza a la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2019. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2018. El Leh

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