BOPV nº 223 · 2018-11-20 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2018, del Director de HABE, por la que se disponen los niveles del Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC) que se acreditarán en el curso 2018-2019 mediante actividades de evaluación en el contexto de la evaluación continua, y se realizan las convocatorias de exámenes de 2019 para el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE.

En cumplimiento de lo dispuesto sobre la acreditación de la competencia en euskera de la población adulta en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación de HABE, y del Decreto 179/2003 de 22 de julio, la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura publicó la Orden de 23 de noviembre de 2016, por la que se establecen los procedimientos de obtención de certificados de los niveles de competencia establecidos en el Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas de HABE. Por otra parte, algunos de estos procedimientos fueron modificados mediante la Orden de 7 de junio de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística. Ambas Ordenes disponen que el alumnado de los euskaltegis y de los centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE podrá obtener los certificados correspondientes a los seis niveles de competencia del HEOC (A1, A2, B1, B2, C1, C2). Igualmente, establece que podrá obtener tales certificados bien mediante actividades de evaluación realizadas dentro del proceso de evaluación continua desarrollado durante el proceso de aprendizaje, o bien mediante exámenes específicos convocados por HABE. En este sentido, se prevé la implantación progresiva de la evaluación continua con carácter acreditativo y su extensión a todos los niveles del HEOC en un plazo máximo de cuatro años, facultando al Director General de HABE a resolver, antes del comienzo de cada curso, en qué niveles se aplicarán con valor acreditativo las actividades basadas en la evaluación continua. Estando iniciado ya el curso 2018-2019, procede establecer las bases para que el alumnado de los euskaltegis pueda acreditar los niveles del HEOC, bien superando las actividades de evaluación continua o bien las pruebas específicas de acreditación. Dado que la citada Orden de 23 de noviembre de 2016 posibilita la convocatoria de pruebas para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa de alumnado con necesidades sociales específicas, se establecen en esta Resolución los procedimientos a seguir por los alumnos de la Academia Vasca de Policía y Emergencias. Por todo ello, RESUELVO : Primero Reconocer valor acreditativo a las actividades de evaluación continua de los niveles de competencia A1, A2 y B1 del Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas realizadas por el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, en el curso 2018-2019, conforme a las características y condiciones especificadas en los anexos I y III de esta Resolución. Segundo Realizar dos convocatorias de exámenes en el 2019, con objeto de que el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, así como el alumnado de la Academia Vasca de Policía y Emergencias pueda acreditar los niveles de competencia B2, C1 y C2 del Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Personas Adultas, s

Publicación oficial en euskadi.eus

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