BOPV nº 223 · 2018-11-20 · Hacienda y Economía

ORDEN de 14 de noviembre de 2018, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se dispone la ampliación de dos emisiones de Deuda Pública de Euskadi y la amortización voluntaria mediante canje de otra emisión de Deuda Pública de Euskadi.

La Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi establece en su artículo 30, apartado 1, que la emisión de deuda pública será acordada por el Consejo de Gobierno mediante Decreto, a propuesta del departamento competente en materia de endeudamiento, y en su apartado 3 que corresponde al Consejero de ese departamento (actualmente, Consejero de Hacienda y Economía) determinar las características de la emisión no señaladas por el Decreto. Asimismo el artículo 33 establece que el Consejo de Gobierno podrá autorizar y el departamento competente en materia de endeudamiento concertar, de forma voluntaria para los acreedores, operaciones de amortización anticipada, sustitución, canje, conversión, prórroga, intercambio financiero u otras análogas, cuando por alteraciones en las condiciones de mercado sea posible obtener economías en la carga financiera, su reestructuración en el tiempo o la reducción o diversificación del riesgo. El Decreto 15/2018, de 6 de febrero, acuerda y autoriza la realización de operaciones de endeudamiento para el ejercicio 2018, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, en su artículo 10, apartado 1. La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que corresponde al Consejero de Hacienda y Economía, mediante Orden, publicada, en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento acordadas y autorizadas en virtud de esa disposición, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma. Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 13 de noviembre de 2018 se ha autorizado una operación de amortización anticipada voluntaria mediante canje de bonos de Deuda Pública de Euskadi que supone la emisión de nuevos importes de deuda y la amortización, de forma voluntaria para los tenedores, de parte de una emisión existente. Con el respaldo legal anteriormente descrito y dado que las actuales referencias emitidas en fecha 28 de febrero de 2018, con cupón del 2,50% y vencimiento en febrero de 2038 tiene un saldo en circulación de 200 millones de euros, y en fecha 16 de marzo de 2016, con cupón del 1,75% y vencimiento en marzo de 2026 tiene un saldo en circulación de 500 millones de euros, el Departamento de Hacienda y Economía considera recomendable ampliar los importes de las mismas a fin de incrementar su liquidez en el mercado. En esta ocasión se ofrece la posibilidad a los inversores de efectuar el pago de la ampliación de la referida emisión contra entrega de Bonos de Deuda Pública de Euskadi correspondientes a la emisión de 28 de octubre de 2009 con cupón del 4,15% y vencimiento 28 de octubre de 2019. A

Publicación oficial en euskadi.eus

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