BOPV nº 212 · 2018-11-05 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2018, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada concedida a Celulosas Moldeadas, S.A. para la actividad de fabricación de productos moldeados de celulosa, fundamentalmente envases y embalajes destinados a la conservación, transporte y almacenamiento de productos alimenticios en el término municipal de Atxondo.

Resultando que mediante Resolución de 21 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente se concede a Celulosas Moldeadas, S.A. autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación y venta de productos moldeados de celulosa, fundamentalmente envases y embalajes destinados a la conservación, transporte y almacenamiento de productos alimenticios en el término municipal de Atxondo (Bizkaia). Resultando que mediante Resolución de 15 de enero de 2014 del Viceconsejero de Medio Ambiente se modifica y hace efectiva la autorización ambiental integrada concedida a Celulosas Moldeadas, S.A. para la actividad de fabricación y venta de productos moldeados de celulosa, fundamentalmente envases y embalajes destinados a la conservación, transporte y almacenamiento de productos alimenticios en el término municipal de Atxondo (Bizkaia). Resultando que con fecha 1 de septiembre de 2014, Celulosas Moldeadas, S.A. comunica una modificación no sustancial consistente en la eliminación del scrubber correspondiente al foco 1 y la desconexión del intercambiador de la línea 7 (foco 14), eliminándose así un foco sistemático y otro no sistemático y se han convertido dos focos no sistemáticos (focos 7 y 8) en sistemáticos. Resultando que con fecha de 30 de septiembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión de ejecución de la Comisión de 26 de septiembre de 2014 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) para la producción de pasta, papel y cartón conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales (Decisión 2014/687/UE). Resultando que con fecha 8 de enero de 2015, Celulosas Moldeadas, S.A. comunica una modificación no sustancial consistente en la instalación de silenciadores y conos en las chimeneas de los focos 4, 5, 11 y 13, la puesta en marcha de un sistema (ROTOFLEX), para recuperar fibra de celulosa de los lodos y la inclusión de un nuevo residuo peligroso, LER 150110, residuos de envases. Resultando que con fecha de 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Resultando que el artículo 26 del mencionado texto refundido fija las condiciones para la revisión de la autorización, de manera que en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las MTD en cuanto a la principal actividad de una instalación, el órgano competente garantizará que se hayan revisado y, si fuera necesario, adaptado todas las condiciones de la autorización de la instalación, y que esta cumpla con las conclusiones relativas a los documentos de referencia MTD aplicables. Resultando que con fecha 28 de marzo de 2017, Celulosas Moldeadas, S.A. comunica una modificación no sustancial consistente en la generación de dos nuevos residuos,

Publicación oficial en euskadi.eus

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