BOPV nº 209 · 2018-10-30 · Trabajo y Justicia
ORDEN de 23 de octubre de 2018, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se convocan y regulan ayudas para la participación efectiva de personas trabajadoras en empresas de Economía Social.
El Departamento de Trabajo y Justicia, a través de su Dirección de Economía Social pretende difundir en la sociedad y empresas vascas la cultura participativa, propia de las empresas de economía social, para crear un ecosistema propicio, en última instancia, a la expansión formal de la economía social. En efecto, esta actuación trae causa de la reflexión estratégica de la Dirección mencionada, compartida con el sector, que destacó entre sus conclusiones la necesidad y la conveniencia de exportar el modelo de la economía social a ámbitos de la realidad socio-empresarial desconocedores de la bondad del modelo cooperativo o de sociedad laboral, tanto para las propias personas trabajadoras como para la entidad empresarial en cuanto creadora de riqueza y de empleo de calidad. Es por otra parte, coherente con la actuación en esta materia de otros órganos y otras administraciones públicas de Euskadi están trabajando en la misma dirección. Es el caso de la Diputación de Gipuzkoa con su programa para la «Promoción de la participación de las personas en las empresas en Gipuzkoa» y la SPRI, con el «Programa Innobideak-Pertsonak 2018». Asimismo, los diferentes territorios históricos tienen diseñados beneficios fiscales dirigidos a las entidades de economía social. Dicha actuación se halla legitimada por la legislación en vigor, con origen en la propia constitución española cuyo artículo 129.2 contiene un mandato específico a los poderes públicos para promover eficazmente las diversas formas de participación en la empresa, en general. Siendo así que en los términos de la distribución competencial fijada legislativa y jurisprudencialmente, y de conformidad con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el Departamento de Trabajo y Justicia es competente en la materia referida. La organización departamental se halla actualmente regulada por el Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, que únicamente hace referencia a la participación de los trabajadores y las trabajadoras en las empresas entre las competencias de la Dirección de Economía Social, artículo 10.l), si bien referido a las empresas de Economía Social. En el mismo sentido, recientemente, el mandato constitucional mencionado se ha reiterado en la encomienda recogida en el artículo 20 del Capítulo III de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en el mismo sentido obligacional de que las administraciones públicas promuevan e impulsen la participación de los trabajadores en las empresas. De la interpretación integrada de cuanto se ha expuesto, se entiende que la Dirección de Economía Social debe comenzar a desarrollar la política de fomento de la participación empresarial, en el presen