BOPV nº 205 · 2018-10-24 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2018, del Viceconsejero de Cultura, por la que se incoa y se abre un período de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de San Andrés, sita en Villambrosa, Ribera Alta (Álava).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta la Iglesia de San Andrés, sita en Villambrosa, Ribera Alta (Álava) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de San Andrés, sita en Villambrosa, Ribera Alta (Álava), conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y la descripción obrante en el Anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de San Andrés, sita en Villambrosa, Ribera Alta (Álava) para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Ribera Alta y a los Departamentos de Euskera, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el BOTHA para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2018. El Viceconsejero de Cultura, JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I DELIMITACIÓN a) Descripción. La delimitación incluye, por un lado, el propio edificio en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites: Al Norte una línea paralela a la fachada de la iglesia trazada a 16 metros de distancia. Al Oeste el borde exterior del camino público que discurre por ese lado. Al Sur una línea paralela a la fachada de la iglesia trazada a 50 metros de distancia. Y, finalmente, al Este el límite de la propiedad por ese lado. b) Justificación. La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los

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