BOPV nº 204 · 2018-10-23 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 17 de octubre de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones para la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En el ejercicio de tales competencias se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la gestión del Patrimonio Cultural Vasco en los aspectos de promoción, conservación, difusión y salvaguarda. En el contexto de la ampliación del concepto de patrimonio que en la sociedad se ha dado, han surgido algunos ámbitos nuevos que escasamente habían sido objeto de atención, y que incluso la Ley mencionada no los trataba de una manera muy exhaustiva. Así ha sucedido con el patrimonio inmaterial, que ha dejado de ser un elemento propio de estudiosos o exclusivo de comunidades portantes para pasar a ser una preocupación más y foco de atención para estudiosos y administraciones competentes en el patrimonio cultural. Igualmente, ha cobrado fuerza un área del patrimonio cultural a la que hasta hace poco no se prestaba demasiada atención: el patrimonio marítimo. El fuerte declive ya de varias décadas del sector pesquero y, en general, de todas las actividades tradicionales relacionadas con el mar, ha provocado una perdida enorme de elementos de cultura material e inmaterial de este sector. De hecho, se puede calificar como de residual las muestras de este patrimonio que actualmente se mantienen, más aún vivas, lo que hace necesario el apoyo institucional en todos los órdenes, a fin de poder preservar este patrimonio cultural marítimo. A fin de cubrir este vacío y cumplir el mandato que de la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco emana se aprueba la presente Orden que tiene por objeto la convocatoria de estas subvenciones, así como la regulación del modo y condiciones en que las mismas podrán ser solicitadas y resueltas con cargo al importe consignado para tal finalidad. Todo ello tal y como se estable en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2018-2022, aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística y publicado en la web del Departamento, en la dirección http://www.euskadi.eus/plan-departamental/plan-estrategico-de-subvenciones-del-departamento-2018-2020/web01-s2kultur/es/ Todo ello dentro del crédito presupuestario recogido al tal efecto en la 5/2017, de 22 de diciembre por la que se aprueban los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018. Por ello, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para promover las actividades de protección de bienes muebles, inmuebles e inmateriales que forman parte del patrimonio cultural marítimo del País Vasco, en base a su valor histórico, etnográfico, arqueológico o social, así como la fijación de su régimen de concesión. Artículo 2 Actividad

Publicación oficial en euskadi.eus

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