BOPV nº 199 · 2018-10-16 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

ORDEN de 3 de octubre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la renuncia parcial del permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Saia», situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco, solicitada por la Mercantil Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi (SHESA).

ANTECEDENTES Primero Por Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, se otorga a la mercantil Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (SHESA) el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Saia», de 49.752 hectáreas situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho otorgamiento fue concedido por un periodo de 6 años y la delimitación de sus áreas está definida por vértices, cuyas coordenadas geográficas ED50 con las longitudes referidas al meridiano de Greenwich, se describen a continuación: (Véase el .PDF) Segundo Por escrito de fecha de entrada 15 de diciembre de 2017, D. Juan García Portero, en calidad de director facultativo del permiso de investigación «Saia», cuya titularidad corresponde a Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (SHESA), solicita la renuncia parcial voluntaria de una superficie de 44.030,52 hectáreas del citado permiso de investigación, adjuntando por triplicado la siguiente documentación y solicitando que se ajusten los nuevos compromisos económicos para el sexto año de vigencia a la nueva superficie: Propuesta de reducción parcial voluntaria del permiso «Saia». Plano a escala 1:50.000, del permiso original sobre el que se señala la parte renunciada (44.030,52 hectáreas) y retenida (5.721,48 hectáreas). Memoria justificativa con los siguientes datos: Estadística, según años de vigencia, de los trabajos realizados en geología y geofísica y estudio de los resultados obtenidos. Análisis contable, por años de vigencia, de las inversiones efectuadas segregadas por conceptos de geología, geofísica y gastos generales. Justificantes de pago del canon de superficies correspondiente a todo periodo de vigencia antes de la renuncia. Tercero Con fecha 30 de enero de 2018, se requiere ampliación de documentación atinente a poder de representación del solicitante y un estudio completo de los resultados obtenidos, con la compilación de la versión más actualizada de los documentos geológicos, informes paleontológicos, geofísicos, de perforación y producción, así como las secciones sísmicas, diagrafías, fichas de sondeos y pruebas de producción, conforme establece el artículo 73 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, que la empresa aporta en tiempo y forma. Cuarto Los motivos de la renuncia quedan justificados técnicamente por el titular del derecho, que sin embargo no ha culminado hasta el momento de la solicitud de renuncia y para el conjunto del área otorgada, la totalidad de compromisos y programa de investigación, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el artículo 73.1.9.a) del Reglamento de la Ley sobre Investigación y explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio y el Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, por lo cual, y conforme la memoria técnica de fecha 5 de julio de 2018, siendo previsible su cumplimien

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