BOPV nº 192 · 2018-10-04 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2018, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de fabricación de piensos para animales de compañía promovida por Elmubas Ibérica, S.L. en calle Gerratxiki n.º 6, Azpeitia (Gipuzkoa).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 9 de marzo de 2016, Elmubas Ibérica, S.L. solicitó ante el entonces Departamento de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para su instalación de fabricación de piensos para animales de compañía en el término municipal de Azpeitia (Gipuzkoa). Igualmente, se presentó informe del Ayuntamiento de Azpeitia, de 23 de diciembre de 2015, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 27 de octubre de 2016, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Elmubas Ibérica, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa con fecha 11 de noviembre de 2016 y en el Boletín Oficial del País Vasco con fecha de 15 de noviembre de 2016. Una vez culminado el trámite de información pública, se constató que no se habían presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicitó el 9 de enero de 2017 informes al Ayuntamiento de Azpeitia, a Ura-Agencia Vasca del Agua, a Gipuzkoako Urak-Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, y a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, a la Dirección de Agricultura y Ganadería y a la Subdirección de Salud Pública y Adicciones de Gipuzkoa, todos ellos organismos del Gobierno Vasco. Con fecha 12 de julio de 2018, en aplicación del artículo 20 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, el expediente fue puesto a disposición de Elmubas Ibérica, S.L. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de Diciembre, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Además de las actividades que se desarrollan en la instalación y enumeradas en el anejo 1 del mencionado texto refundido, en la presente autorización se integran todas las actividades que, aun sin estar enumeradas en dichos anejos, se desarrollan en el lugar del emplazamiento de la instalación cuya actividad motivó su inclusión en el ámbito