BOPV nº 184 · 2018-09-24 · Educación

ORDEN de 18 de septiembre de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se realiza para el corriente año 2018 la convocatoria de las ayudas previstas en el Decreto 248/2012, de 27 de noviembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actividades referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.

Mediante el Decreto 248/2012, de 27 de noviembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actividades referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida, publicado en el BOPV n.º 238, de 11 de diciembre de 2012, se procedió a establecer el marco de ayudas para promover aquellas actuaciones que se lleven a cabo para desarrollar acciones de aprendizaje realizadas en cualquier ámbito del conocimiento, en el contexto del aprendizaje a lo largo de toda la vida. Las actividades de aprendizaje permanente que podrán ser objeto de financiación serán de tres tipos: Actividades específicas de formación, diseñadas y planificadas para dar respuesta a las necesidades formativas de un colectivo concreto de personas. Servicios de mediación de aprendizaje. Proyectos de experimentación sobre nuevas metodologías de formación-aprendizaje, transferencia intergeneracional del conocimiento, remoción de los obstáculos para acercar a la formación y potenciar el aprendizaje o cualquier otro aspecto del aprendizaje a lo largo de la vida. Asimismo, las ayudas contempladas en la presente Orden contribuirán a los fines previstos en el artículo 4 de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo largo de la vida. Por otra parte, el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece que una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o en su caso establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquellas que fueron en su momento reguladas con vigencia indefinida. Asimismo, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, efectúa una profunda revisión del conjunto de disposiciones relativas al estatuto jurídico de la Administración local, con varios objetivos básicos, entre otros clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones de forma que se haga efectivo el principio «una Administración una competencia» por lo que se excluye del ámbito subjetivo de la convocatoria a las mancomunidades. Dado que el Decreto 248/2012, de 27 de noviembre regula actividades subvencionables que han sido establecidas con vigencia indefinida o carácter intemporal, y en ejercicio de la habilitación prevista en el artículo 10.4 del mismo, según el cual, a los efectos de dar cumplimiento al principio de publicidad, el Departamento de Educación realizará la pertinente convocatoria, procede adoptar y publicar esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. Por todo ello, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar para el corriente ejercicio 2018 las ayudas previstas en el Decreto 248/2012, de 27 de noviembre, por el que se regulan ayudas para la realización de

Publicación oficial en euskadi.eus

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