BOPV nº 176 · 2018-09-12 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2018, del Director de Vivienda y Arquitectura, por la que se conceden ayudas para la Promoción de la implantación de sistemas de gestión, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Eraikal 2017.

Mediante Orden de 7 de septiembre de 2017, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, se convocan para el ejercicio 2017, las ayudas para la promoción de la implantación de sistemas de gestión, fomento de la calidad constructiva y arquitectónica, de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal 2017. La referida Orden del 7 de septiembre de 2017 establece: Artículo 7 Órgano gestor de las ayudas. Corresponde a la Dirección de Vivienda y Arquitectura la realización de las tareas de gestión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria y el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas. Artículo 8 Procedimiento de adjudicación. Las solicitudes presentadas se tramitarán, en cada una de las líneas subvencionales, en el correspondiente procedimiento. Artículo 11 Tribunal de Valoración. Para la valoración de las solicitudes se constituye un Tribunal de Valoración, constituido por el Jefe de Servicio de Laboratorio de Control de Calidad de la Edificación y dos técnicos del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda designados por el Director de Vivienda y Arquitectura. Dicho Tribunal, aplicando los respectivos criterios establecidos en el artículo 5, procederá a valorar las solicitudes presentadas en cada línea subvencional, y conforme a lo previsto para cada una de ellas en el artículo 6, formulará las correspondientes propuestas de resolución que contendrán la relación de las subvenciones que se propone conceder (con indicación del beneficiario, actuación subvencionada e importe) y denegar (con indicación del solicitante y motivo). Artículo 12 Resolución de la convocatoria. La resolución de la convocatoria corresponde, a propuesta del Tribunal de Valoración, al Director de Vivienda y Arquitectura. La resolución determinará la concesión y, en su caso, la denegación de las subvenciones solicitadas, expresando en el caso de las primeras, el nombre o denominación social de las personas o entidades beneficiarias, la actuación financiada, la cuantía de la subvención concedida, con, en su caso, la distribución de la misma por anualidades. Además, en el caso de que se trate de agrupaciones sin personalidad jurídica se harán constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. En el caso de las denegadas recogerá el nombre o denominación social de los solicitantes, y los motivos que fundamenten la denegación. A la vista del Acta presentada por el Tribunal de valoración. RESUELVO : Primero Denegar a las entidades que se relacionan en el Anexo I la concesión de las subvenciones solicitadas dentro del «Programa para la Implantación de sistemas de gestión, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma de

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