BOPV nº 173 · 2018-09-07 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2018, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria de la Fase II, para el ejercicio 2018, del programa de apoyo a la I+D empresarial-Hazitek.

La Orden de 31 de enero de 2017 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras regula el Programa de Apoyo a la I+D empresarial Hazitek (BOPV n.º 43 de 2 de marzo de 2017). Finalizada la Fase I mediante Resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, notificada a los interesados y posterior publicación en el BOPV, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.3 de la citada Orden reguladora, procede realizar la convocatoria de la Fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en Fase I, en el ejercicio 2018, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 12.3 de la Orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria de la Fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en Fase I, convocada mediante Resolución de 7 de diciembre de 2017 (BOPV n.º 241 de 20 de diciembre de 2017) y prevista en la Orden de 31 de enero de 2017 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras reguladora del Programa de Apoyo a la I+D empresarial Hazitek, para el ejercicio 2018. Artículo 2 Recursos Económicos. A la financiación de las ayudas objeto de la convocatoria, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, aprobados mediante Ley 5/2017, de 22 de diciembre, se destinará un importe de 78.000.000,00 euros. Del importe total de la convocatoria se destinan 39.000.000 euros para la financiación de los proyectos de carácter competitivo y 39.000.000 euros para la financiación de los proyectos de carácter estratégico. Estos importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad. Artículo 3 Requisitos. Para poder acceder a las ayudas objeto de convocatoria deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos, en relación con los proyectos y entidades solicitantes, en los artículos 3 y 20 de la Orden que regula el programa Hazitek. Artículo 4 Solicitudes: presentación y plazo. La solicitud deberá realizarse en los términos establecidos por el artículo 20 de la Orden de 31 de enero de 2017 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras reguladora del Programa de Apoyo a la I+D empresarial Hazitek. El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica que se señala a continuación: http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/ (castellano

Publicación oficial en euskadi.eus

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