BOPV nº 147 · 2018-08-01 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 125/2018, de 20 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, para el fomento de la igualdad en la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito entre Emakunde y la Universidad del País Vasco para el fomento de la igualdad en la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de julio de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 125/2018, DE 20 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EMAKUNDE-INSTITUTO VASCO DE LA MUJER Y LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO PARA EL FOMENTO DE LA IGUALDAD EN LA Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea En Bilbao, a 2 de julio de 2018. SE REÚNEN: De una parte, D.ª Izaskun Landaida Larizgoitia, Directora de EMAKUNDE-Instituto Vasco de la Mujer, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, actuando en nombre y representación de este organismo autónomo, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 17.2.a) del Decreto 214/2006, de 31 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Y de otra, D.ª Idoia Fernández Fernández, Vicerrectora de Innovación, Compromiso Social y Acción Cultural de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, actuando en nombre y representación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio de colaboración, EXPONEN: Que, Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en adelante Emakunde, es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Lehendakaritza del Gobierno Vasco cuyo fin esencial es la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social del País Vasco y se fija como objetivos la eliminación efectiva de todas las formas de discriminación contra las mujeres, la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y la remoción de los obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho. Según dispone el artículo 3 de la Ley 2/1988, para el cumplimiento de este fin a Emakunde le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: a) Asesoramiento y establecimiento de ayudas y otro tipo de medidas de fomento a fin de dotar a las empresas y organizaciones de recursos materiales, económicos y personales para el desarrollo de planes, programas y actividades dirigidas a la consecución de la igualdad de mujeres y hombres. b) Establecimiento de relaciones y cauces de participación con asociaciones, fundaciones y demás entes y organismos que en razón de sus fines o funciones

Publicación oficial en euskadi.eus

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