BOPV nº 139 · 2018-07-19 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2018, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de Reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,2 kV denominada St Martutene, compactación del sistema a 30 kV, en el término municipal de San Sebastián.
Referencia: ATE 2018-3. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 29 de diciembre de 2017 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Avenida San Adrían 48, 48003 de Bilbao, solicitó autorización administrativa y la aprobación del proyecto de la reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,2 kV denominada St Martutene, compactación del sistema a 30 kV, en el término municipal de San Sebastián, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Reglamento de instalaciones eléctricas de alta tensión y sus fundamentos técnicos (ITC-RAT 01 a 23) aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (BOE de 09-06-2014), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días. A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio en el tablón del Ayuntamiento de San Sebastián durante el plazo reglamentario, en el BOG de 28 de marzo de 2018 y en el BOPV de 10 de abril de 2018. Con carácter simultáneo al trámite de información pública, con fecha 21 de marzo de 2018, se remitieron las separatas correspondientes al Ayuntamiento de San Sebastián, así como al Departamento de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa y a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (en adelante AESA) solicitándoles su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso. A la solicitud de conformidad u oposición al proyecto y, en su caso, el establecimiento del condicionado técnico procedente, el Ayuntamiento de San Sebastián así como Departamento de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, manifestaron que no existe inconveniente por su parte siempre y cuando se cumpla el condicionado técnico adjuntado. Por otro lado, AESA manifestó que Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. deberá solicitar la correspondiente autorización en materia de servidumbres aeronáuticas a AESA. En fecha 9 de mayo de 2018, se dio traslado a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. de los condicionados técnicos remitidos por el Ayuntamiento de San Sebastián, el Departamento de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de AESA. En fecha 28 de mayo de 2018, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. manifestó su conformidad con los condicionados técnicos presentados por el Ayuntamiento de San Sebastián y el Departamento de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa; en relación con el informe del AESA, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. manifestó que el 30 de enero de 2018 se solicitó la correspondiente autorización a AESA (a través del Ayuntamiento de San Sebastián) debido a un error, pero que realmente la subestación eléctrica queda fuera de la