BOPV nº 135 · 2018-07-13 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2018, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de tratamiento y revestimiento de metales promovida por Galvanoplastia Arguitu, S.L. en Barrio Zubillaga 76 de Oñati (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 18 de diciembre de 2015, Galvanoplastia Arguitu, S.L. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para su instalación de tratamiento y revestimiento de metales en el término municipal de Oñati (Gipuzkoa). Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Oñati, de 21 de enero de 2012, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Galvanoplastia Arguitu, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 6 de marzo de 2017. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicitó el 24 de abril de 2017 informes al Ayuntamiento de Oñati, a la Agencia Vasca del Agua (URA), al Departamento de Salud y al Departamento de Seguridad. Con fecha 8 de mayo de 2018, en aplicación del artículo 20 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, el expediente fue puesto a disposición de Galvanoplastia Arguitu, S.L., y se envió una Propuesta de Resolución de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada, no habiéndose recibido alegaciones por parte de Galvanoplastia Arguitu, S.L. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Además de las actividades que se desarrollan en la instalación y enumeradas en el anejo 1 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en la presente autorización se integran todas las actividades que aun sin estar enumeradas en dichos anejos, se desarrol

Publicación oficial en euskadi.eus

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