BOPV nº 120 · 2018-06-22 · Educación
ORDEN de 13 de junio de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de un centro privado de Educación Infantil y Primaria en el municipio de Ribera Baja (Álava).
Examinada la solicitud presentada por la representante de la entidad «Asociación de Padres de Argantzon de La Puebla de Arganzon», de autorización para la apertura y funcionamiento de un centro privado de Educación Infantil y Primaria en el municipio de Ribera Baja (Álava) para impartir enseñanzas de 2.º ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE del 12 de marzo); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación: N.º de código: 01007749. Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil y Primaria. Denominación específica: «Argantzon Ikastola». Titular: Asociación de Padres de Argantzon de La Puebla de Arganzon. Domicilio: calle Sobre la Rueda, 16. Municipio: Ribera Baja. Territorio Histórico: Álava. Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil 2.º ciclo. Capacidad: 1 unidad para 19 puestos escolares. Educación Primaria. Capacidad: 1 unidad para 24 puestos escolares. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a impartir las enseñanzas autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Artículo 3 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro. Artículo 4 Las enseñanzas autorizadas se impartirán con arreglo a la ordenación académica en vigor. Cualquier modificación de las enseñanzas autorizadas, aun cuando se realice con carácter experimental, deberá ser aprobada por el Departamento de Educación. Artículo 5