BOPV nº 102 · 2018-05-29 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 22 de mayo de 2018, del Consejero de Cultura y Política lingüística, por la que se convoca y regula el régimen de concesión de subvenciones del ejercicio 2018 para actividades musicales profesionales.
De conformidad al Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección, en el marco de su ámbito competencial, estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de la música mediante la concesión de subvenciones a proyectos para la realización de las siguientes actividades profesionales: edición de partituras musicales, proyectos musicales unitarios, iniciativas musicales empresariales y programación musical. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de los músicos vascos y posibilitar, además, que obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. La presente convocatoria forma parte del Plan estratégico de subvenciones del período 2018-2020 (PES 2018-2020) y del Plan anual de subvenciones del año 2018 (PAS 2018) del Departamento de Cultura y Política lingüística. En virtud de lo cual, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto y modalidades y plazo de ejecución de los proyectos. La presente Orden regula y convoca la concesión de subvenciones para actividades musicales profesionales del ejercicio 2018. Esta convocatoria contempla las siguientes modalidades de subvenciones: Cap. II: Edición de partituras musicales. Cap. III: Proyectos musicales unitarios. Cap. IV: Iniciativas musicales empresariales. Cap. V: Programación musical. Los proyectos, o fase parcial de los mismos, que se apoyen en las modalidades de edición de partituras, proyectos musicales unitarios y proyectos musicales empresariales, deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de noviembre de 2019 y prever, dentro de esas fechas, alguna presentación pública de la obra o actividad subvencionada. En la modalidad de programación musical, el periodo de conciertos contemplado en la convocatoria se extiende entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019. Artículo 2 Recursos económicos y procedimiento de concesión. El importe global máximo de estas subvenciones es de 530.000 euros, el cual se distribuirá entre las modalidades citadas de la siguiente manera: a) Edición de partituras musicales: 30.000 euros. b) Proyectos musicales unitarios: 155.000 euros. c) Iniciativas musicales empresariales: 205.000 euros. d) Programación musical: 140.000 euros. El procedimiento de concesión de subvenciones será el de concurso y, a tal efecto, en aplicación de los crit