BOPV nº 101 · 2018-05-28 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2018, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, por la que se otorgan concesiones de uso de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el puerto de Molla-Hondarribia (lista 7.ª).

Primero Por Resolución de 1 de diciembre de 2017 del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, se anuncia convocatoria pública para el otorgamiento de concesiones de uso de plazas de amarre para embarcaciones de recreo en el Puerto de Molla-Hondarribia. Segundo En la parte expositiva de dicha Resolución se explicita que el procedimiento de otorgamiento de las concesiones viene establecido en la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento y régimen de las concesiones de uso de plazas de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tercero Conforme el artículo 15 de la citada Orden, el Director de Puertos y Asuntos Marítimos dictará Resolución motivada fundamentada en los criterios de adjudicación establecidos en su artículo 14. Dicha resolución acordará, según el caso, lo siguiente: a) Otorgar la plaza de amarre. b) Denegar la solicitud si ésta no reúne los requisitos exigidos. c) Declarar la inclusión de la solicitud en la correspondiente lista de espera y la asignación de un número de orden. Cuarto De conformidad con lo establecido en el artículo 15.4 de la citada Orden, «En la resolución se otorgará un plazo de diez días, a quienes hayan obtenido concesión de uso de amarre que dispusieran ya de título habilitante de uso de amarre con la misma embarcación en cualquiera de los otros puertos e instalaciones titularidad de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para que comuniquen a cuál de los títulos de uso de amarre renuncia». Quinto El artículo 3 del Reglamento de Actividades Portuarias, aprobado por Decreto 236/1986, de 21 de octubre, atribuye al actual Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras la ordenación portuaria, la gestión y control de los servicios portuarios y, en definitiva, todo lo relacionado con las actividades que se desarrollan en los puertos e instalaciones portuarias competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco. De acuerdo con lo anterior, y vista la propuesta de EKP, S.A., en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por los artículos 7.h) y 23.b) y c) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, RESUELVO : Primero Aprobar las adjudicaciones de plazas de amarres a las personas solicitantes incluidas en la lista del Anexo I, con efectos desde el 1 de junio de 2018 hasta el 1 de junio de 2033. Segundo Otorgar un plazo desde el 1de junio hasta el 1 de julio de 2018 para la ocupación de la plaza de amarre otorgada. La ubicación en la plaza se realizará en presencia del personal de EKP. Tercero Declarar la inclusión en la lista de espera y la asignación de un número de orden de las solicitudes contenidas en el Anexo II. Cuarto Denegar las solicitudes del Anex

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV