BOPV nº 98 · 2018-05-23 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN del 16 de mayo de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y se convoca la concesión de subvenciones para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Por la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi, se crea la Red de Lectura Pública de Euskadi (RLPE), a la que corresponde, entre otras funciones, el establecimiento de programas de ayudas y servicios a las bibliotecas, principalmente para la organización de redes informáticas, campañas de fomento de la lectura y uso de las bibliotecas y dotación de fondos, o de otra naturaleza. Asimismo, el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en su artículo 14.1.c) encomienda al Departamento de Cultura y Política Lingüística la competencia en materia de bibliotecas. Además, el Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística determina que es competencia del Servicio de Bibliotecas desarrollar y acometer las funciones que correspondan al Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi. De conformidad con dicha normativa, y teniendo en cuenta la función primordial de las bibliotecas públicas municipales como puerta de acceso de todos los ciudadanos al conocimiento y a la información, así como el papel que en ello representan las nuevas tecnologías, el Departamento de Cultura y Política Lingüística considera necesario favorecer las actuaciones que posibiliten la implantación y/o el desarrollo de dichas tecnologías en las bibliotecas públicas municipales. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el período 2018-2020, aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística y publicado en la web del Departamento en la dirección www.euskadi.eus y en el Plan Anual de Subvenciones 2018. A este programa subvencional le son aplicables la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante, LPOHGPV) y la normativa básica recogida en la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS) y en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante, RLGS). Por todo ello, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden regula, para el ejercicio 2018, la concesión de subvenciones para la implantación y/o desarrollo de nuevas tecnologías en las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi. Artículo 2 Recursos económicos. Las subvenciones reguladas en la presente Orden se otorgarán por un importe global máximo de 350.000 euros con cargo a los Presupuestos Generales en vigor de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 3 Tramitación. Las entidades interesadas deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando exclusivamente medios electrónicos. Las especificaciones de cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la siguiente sede electrónica: http://www.euskadi.eus/ayuda_su

Publicación oficial en euskadi.eus

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