BOPV nº 97 · 2018-05-22 · Hacienda y Economía
RESOLUCIÓN 93/2018, de 14 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de encomienda de gestión suscrito con la Universidad del País Vasco para la recaudación en vía ejecutiva de los créditos públicos de esa Universidad.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de encomienda de gestión suscrito con la Universidad del País Vasco para la recaudación en vía ejecutiva de los créditos públicos de esa Universidad, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de mayo de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 93/2018, DE 14 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, PARA LA RECAUDACIÓN EN VÍA EJECUTIVA DE LOS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE LA UPV/EHU INTERVIENEN: De una parte, D. Pedro María Azpiazu Uriarte, en su calidad de Consejero de Hacienda y Economía, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Y de otra parte, D.ª Nekane Balluerka Lasa, en su calidad de Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea y en representación de ésta. MANIFIESTAN: Primero Que la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea es un ente público independiente, perteneciente al Sector público institucional, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, con autonomía económica y financiera, disponiendo de los bienes y recursos suficientes para el desempeño de sus funciones, de acuerdo con el Decreto 17/2011, de 15 febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, en relación con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (apartado c, del artículo 2 de ambas normas). Segundo Que la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, establece en su artículo 94 que «los presupuestos de la universidad se nutrirán, además de por la dotación a cargo de la Comunidad Autónoma, por los demás ingresos de Derecho público o de Derecho privado previstos en el ordenamiento jurídico». Tercero Que en el ejercicio de su actividad económico-financiera la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea se rige por lo previsto en la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector público, siempre que en el desarrollo de sus funciones esté ejerciendo potestades públicas. Cuarto Que la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea carece de los medios suficientes para asumir el cobro a través de la vía de apremio de sus recursos de derecho público, siendo preciso encomendar tal actividad a una entidad que, disponiendo de tales medios, la lleve a cabo en las mejores condiciones de espe